La palabra del día: Rebeldia

Sustantivo femenino. En español relacionado con el Derecho Civil y Comercial, rebeldia es la situación en la que un litigante (demandante o demandado) no comparece o no expone sus argumentos y/o se abstiene de cumplir con los actos del procedimiento. P.ej: En caso de que el demandante no comparezca ante el tribunal, o bien no consienta su defensa, se le podrá declarar en rebeldía.: Si el demandado no comparece, se puede dictar sentencia en rebeldía contra él.
En español relacionado con el Derecho Penal rebeldia es una situación jurídica, producida por la desaparición del imputado, que produce determinados efectos tales como la suspensión del curso del proceso una vez finalizada la fase sumarial, hasta que el imputado se presente. Por ejemplo: Los seis acusados ​​restantes están siendo juzgados en rebeldía: Los seis acusados ​​restantes están siendo juzgados en rebeldía. Algunos ordenamientos, como el argentino, no aceptan la condena en rebeldia. la persona se llama rebelde.
Por cierto, rebeldía significa también rebeldía. corriente continua

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