La palabra del día: Comparar

Verbo. Del latín comparascere, comparecer ante otra persona.
En castellano jurídico significa comparecer personalmente o por apoderado ante un organismo público, especialmente ante un juez o tribunal. P.ej: Esa prestación sólo se puede invocar únicamente cuando el procesado debe comparar en persona: Esa obligación sólo podía invocarse cuando se requería la comparecencia del demandado; Mi país no se arriesga deliberadamente a que hoy se le condene y se le haga comparar ante el Tribunal de Justicia: Mi país no entró felizmente en su posición actual de ser condenado y llevado ante el Tribunal de Justicia.
los sustantivos son luna comparecencia y el/la comparaciente (la persona que comparar). corriente continua

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